jueves, 22 de noviembre de 2012

Asamblea aprobó ley que elimina central de riesgos

Asamblea aprobó ley que elimina central de riesgo bancario
(Foto internet)
El Pleno de la Asamblea Nacional se allanó al veto parcial al proyecto de Ley Orgánica Derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia, por el cual se elimina la Central de Riesgos, se crea el Registro Crediticio con dictámenes claros, se condona las deudas de la banca cerrada de hasta $5 mil.

Los asambleístas aceptaron las correcciones del Presidente al documento original. Con esta votación, la nueva Ley entrará en vigencia una vez que sea publicada en el Registro Oficial, en los próximos días.

El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Francisco Velasco, al sugerir que el Pleno se allane a la objeción, manifestó que para consolidar un Registro de Datos Crediticios fuerte es necesario contar con la mayor cantidad de fuentes de información, para tal efecto se incorpora el Sistema Financiero Público y Privado; Casas Comerciales; Sistema Financiero Popular y Solidario; en donde se registre obligaciones de pago IESS, ISFFA, mismas que se receptarán en el Registro Crediticio de la Dirección Nacional de Datos Públicos.

Explicó que la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos es la única institución que puede recopilar y mantener la información crediticia proveniente de las fuentes de información de acuerdo a las políticas y formas que establezcan para cada sector las respectivas Superintendencias. Es el único organismo autorizado para entregar la información contenida en el registro de datos crediticios al titular de la información crediticia y a quien éste autorice, subrayó.

La estadística financiera recomienda utilizar la información crediticia de al menos 6 años, para pronosticar con mayor precisión, es decir,  los reportes de información crediticia que se generen requeridos o autorizados por los usuarios de la información crediticia, harán referencia únicamente a las operaciones vigentes, vencidas o canceladas de los 3 años anteriores, añadió.

Velasco explicó que la información que debe estar en la base de datos es de 6 años y no de 20 y que la información será auditada por cada Superintendencia y no por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos DINADARP, para lo cual se establece que los datos e información crediticia entregada a dicha dirección por las instituciones podrá ser auditada en cualquier momento por la respectiva entidad de control, con la finalidad de comprobar su existencia, veracidad y autenticidad.

Se elimina la información desmaterializada, esto por pedido de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, debido a la complejidad operativa y de costos para las pequeñas instituciones del sector, acotó. Por último, señaló que la normativa determina que el Directorio del Banco Central podrá determinar, mediante regulación y por segmentos, todos los casos en los que los pagos se imputen primeramente al capital, con el propósito  que sea el BCE el que determine de una manera técnica los casos en los que se puede imputar primeramente al capital sin una afectación a las instituciones financieras. (Hoyonline)

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